
¿Te llegó una carta del SAT solicitando actualizar tu registro de Actividades Vulnerables?
Desde octubre de 2025, el SAT comenzó a enviar comunicados masivos a contribuyentes que realizan actividades reguladas por la Ley Antilavado
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el 28 de octubre de 2025 el fortalecimiento de su campaña de orientación y supervisión hacia los sujetos obligados que realizan Actividades Vulnerables, conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
El objetivo es reforzar las acciones de prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, en cumplimiento con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
¿Quiénes son “sujetos obligados” y dónde se informan?
Las personas físicas o morales que realizan alguna de las 17 Actividades del artículo 17 de la LFPIORPI deben inscribirse y cumplir obligaciones en el Sistema del Portal en Internet (SPPLD) del SAT. El Minisitio concentra guías por fracción, materiales y accesos al portal.
Novedades normativas relevantes en 2025
La versión vigente de la LFPIORPI (DOF 16-jul-2025) reforzó disposiciones sobre alta/registro y sus actualizaciones en el Padrón de Sujetos Obligados (art. 18, fracción IV Bis y correlativos), entre otras precisiones operativas. Revisa siempre el texto actualizado
Principales acciones del SAT
El comunicado oficial (No. 54/2025) detalla que el SAT ha implementado tres acciones clave:
Campaña de cartas de orientación
El SAT ha comenzado a enviar cartas invitación a contribuyentes inscritos en el Portal PLD, otorgando un plazo de 60 días hábiles para revisar y, en su caso, actualizar la información registrada.
Estas cartas no constituyen una verificación, sino una invitación preventiva para regularizar la situación y garantizar el cumplimiento oportuno.
Actualización del minisitiode Actividades Vulnerables
Disponible en sat.gob.mx/minisitio/ActividadesVulnerables, ofrece guías, obligaciones y ejemplos prácticos de cumplimiento para cada tipo de actividad regulada por la LFPIORPI.
Distribución nacional de material informativo
Desde febrero de 2025 se han entregado más de 1.9 millones de trípticos físicos y versiones digitales tituladas “¿Sabes si realizas una actividad vulnerable?” y “Preguntas frecuentes de la visita de verificación”, dirigidas a personas físicas y morales registradas en el Padrón de Sujetos Obligados.
Recomendación PAAE
En PAAE recomendamos revisar si tu empresa está registrada correctamente en el portal PLD y si presenta avisos dentro del plazo legal (día 17 de cada mes).
Atender estas cartas evita multas de hasta 2,000 UMA y protege tu cumplimiento fiscal.
En PAAE contamos con experiencia en la atención de cartas invitación y auditorías PLD.
Te ayudamos a diagnosticar tus obligaciones, actualizar tu registro y diseñar controles internos conforme a la LFPIORPI.