Reformas a la Ley de Amparo entran en vigor el 17 de octubre de 2025

En México se hizo oficial la Reforma a la Ley de Amparo, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de octubre de 2025 y vigente desde el 17 de octubre de 2025.
Esta reforma, impulsada por el Gobierno Federal y presentada por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, busca modernizar el sistema de justicia constitucional, fortalecer la transparencia y armonizar los procedimientos en materia fiscal y administrativa.

Objetivo principal de la reforma

El propósito central de esta reforma es fortalecer, modernizar y armonizar el marco normativo del juicio de amparo y los mecanismos complementarios de defensa frente a actos de autoridad.
Con ello, se pretende garantizar un acceso más ágil, transparente y humanista a la justicia, evitando que los recursos legales se utilicen como medio para retrasar procedimientos fiscales o administrativos.

Cambios más relevantes

Redefinición del interés legítimo
Ahora se requiere demostrar una lesión jurídica real, actual y diferenciada, y que el otorgamiento del amparo produzca un beneficio cierto. Antes bastaba con acreditar un interés general o hipotético.

Limitación de la suspensión del acto reclamado
Se restringe la suspensión en casos relacionados con:

  • Bloqueo de cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
  • Operaciones con recursos de procedencia ilícita.
  • Deuda pública o actividades financieras sensibles.
    El objetivo es evitar que el amparo se utilice como medio para frenar la acción del Estado en materia fiscal o de seguridad.

Digitalización y justicia electrónica
Se formaliza el uso del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación y de la Firma Electrónica (FIREL).
Las promociones pueden presentarse en formato físico o electrónico, pero la autoridad judicial deberá garantizar la digitalización de todos los documentos y notificaciones.

Armonización fiscal y administrativa
Se modifican el Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) para:

  • Hacer improcedentes los recursos contra créditos fiscales ya firmes o prescritos.
  • Agilizar los procesos administrativos y evitar litigios repetitivos.
  • Fortalecer los mecanismos de recaudación fiscal y limitar amparos “en cascada”.

Restricción de efectos generales
Las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de normas generales ya no tendrán efectos generales, sino que aplicarán solo al caso concreto.

Comparativo: antes y después de la reforma

TemaLey anteriorNueva reforma (2025)
Interés legítimoBastaba un interés general o hipotético.Se exige lesión jurídica real y beneficio cierto.
Suspensión del acto reclamadoProcedía en la mayoría de los casos.Se restringe en temas fiscales, financieros y de seguridad nacional.
Efectos de las sentenciasPodían tener efectos generales en ciertos casos.Se limita al caso concreto; no habrá efectos generales.
Digitalización judicialNo era obligatoria ni sistematizada.Se establece uso formal del portal electrónico y la FIREL.
Recurso en materia fiscalPodía impugnarse incluso un crédito ya firme.Se vuelve improcedente el recurso contra créditos fiscales confirmados o prescritos.

En PAAE analizamos su impacto


En PAAE te ayudamos a comprender las implicaciones de esta reforma, especialmente si cuentas con procedimientos fiscales, administrativos o amparos en curso.
Nuestro equipo jurídico-fiscal puede orientarte en temas como:

  • Actualización de procedimientos ante el Poder Judicial de la Federación.
  • Uso de herramientas digitales y firma electrónica.
  • Estrategias legales para la defensa en materia fiscal bajo el nuevo marco normativo.

📩 Contáctanos para recibir asesoría personalizada.

Related Posts

Leave a Reply

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?